NOM-052-SEMARNAT-2005. Establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos.

El Laboratorio Ambiental Sigma realiza todos los análisis que esta norma requiere para determinar si un residuo es peligroso. La norma define a un residuo como peligroso si presenta al menos una de las siguientes características: corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad o biológico-infecciosa que en ocasiones se les refiere como características CRETIB.

La característica de explosividad no se determina mediante análisis de laboratorio. La identificación de esta característica está basada en el conocimiento del origen o composición del residuo.

La característica biológico-infecciosa tampoco se determina mediante análisis de laboratorio. La clasificación de los residuos peligrosos biológico-infecciosos está contenida en la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 (Residuos peligrosos biológico-infecciosos – Clasificación y especificaciones de manejo).

A la determinación de las características de corrosividad, reactividad, inflamabilidad y toxicidad, se le conoce como análisis CRIT y se realiza en el laboratorio. Para estas determinaciones en la actualidad en México se utilizan normas internacionales y en particular de la Agencia de Protección al Medio Ambiente de los Estados Unidos de América (conocida como EPA), pero ya existen varios proyectos de normas mexicanas que vendrán a sustituir a dichas normas internacionales. En los siguientes párrafos se hace referencia a estos proyectos de norma, ya que aunque todavía no entran en rigor, están basados en los mismos principios y son prácticamente iguales a las normas de la EPA que actualmente tiene acreditadas nuestro laboratorio.

Protocolo de Muestreo, Cadena-de-Custodia y Conservación de las Muestras. Existe un proyecto de norma mexicana, PROY-NMX-AA-138-SCFI-2006, Residuos – Obtención de Muestras Representativas, su Manejo, Conservación y Transporte – Especificaciones. Cada informe de resultados debe incluir la descripción y el sustento del tipo de muestreo utilizado y toda la información pertinente al evento de muestreo: ubicación exacta del punto de muestreo, fechas, horas, personas involucradas y su afiliación, descripción del proceso generador del residuo, fotografías, etc. La cadena-de-custodia se utiliza para documentar la posesión y las condiciones en que se mantuvo la muestra desde su recolección hasta su disposición final. Las muestras deben transportarse y almacenarse de tal forma que no se alteren sus características (a baja temperatura, no expuestas a luz solar, etc.) y deben llegar al laboratorio lo más pronto posible.

La determinación de corrosividad se hace mediante la medición del pH (PROY-NMX-AA-013-SCFI-2006 para Residuos Sólidos o PROY-NMX-AA-027-SCFI-2006 para Residuos Líquidos). Para este análisis la muestra se debe mantener a 4 oC y la determinación se debe realizar lo más pronto posible.

Para la determinación de reactividad de los residuos también existe un proyecto de norma mexicana, PROY-NMX-043-SCFI-2006, que indica que el análisis debe comenzar lo antes posible y que las muestras deben almacenarse en un sitio frío y oscuro hasta el análisis.

Existen dos proyectos de norma para determinar inflamabilidad, PROY-NMX-AA-037-SCFI-2006 para Residuos Líquidos y PROY-NMX-AA-041-SCFI-2006 para Residuos Sólidos. La primera indica mantener la muestra a una temperatura igual o menor de 4 oC y analizar la muestra en un periodo no mayor de catorce días, y la segunda indica también mantener la muestra a una temperatura igual o menor de 4 oC, pero analizar la muestra “tan rápido como sea posible”.

El análisis de toxicidad involucra primero una extracción (NOM-053-SEMARNAT-1993, Que establece el procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente) y después una serie de análisis químicos que requieren que la muestra original se conserve a 4 oC y que dependiendo del análisis, se analice en el laboratorio en un periodo no mayor de 7 o 14 días.

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